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"Una búsqueda comienza siempre con la suerte del principiante y termina con la prueba del conquistador." Paulo Cohelo



viernes, 1 de julio de 2011

LAS EMPLEADAS DE HOGAR PASAN AL REGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Tras el principio de acuerdo alcanzado entre Gobierno y sindicatos las trabajadoras de este sector equiparan sus derechos y deberes al resto de trabajadores.

La integración del Régimen Especial de las empleadas de hogar en el Régimen General de la Seguridad Social será un hecho a partir del próximo año. Este acuerdo conseguirá que unas 700.000 personas vean regularizada su situación y de esta forma se combata la desprotección del colectivo y la economía sumergida. Así, se logra esta histórica reivindicación sindical y se desarrolla uno de los compromisos a los que se llegó en el Acuerdo Social y Económico para el Crecimiento y las Garantías de las Pensiones firmado por los agentes sociales y el Gobierno el pasado febrero.

Gracias a este acuerdo las personas que trabajan en el servicio doméstico, de las que un 93% son mujeres, cotizarán desde la primera hora y tendrán derecho a una prestación por incapacidad temporal a partir del noveno día de baja a cargo de la Seguridad Social, mientras que en estos momentos es a partir del día 25. Del cuarto al octavo día el empleador será el encargado de pagar el subsidio. También se contempla su protección en caso de accidente o enfermedad laboral.

Los plazos para adaptarse a la nueva situación, una vez que la norma entre en vigor el próximo 1 de enero, permitirán seis meses naturales para que se regularice la situación, con lo que la integración plena se conseguirá a partir del 1 de julio de 2012. Por otro lado, la equiparación de la cotización de las empleadas de hogar con la base mínima de cotización de Régimen General y la cotización por salarios reales se completará en 2019, de forma que esta nueva realidad no sea lesiva para los empleadores.

La base de cotización, según se especifica en el principio de acuerdo, entre 2012 y 2018 se determinará por una base tarifada de 15 tramos, según el salario percibido. Las cuotas van desde 19,84 euros/mes por 20 horas de trabajo a la máxima de 164,60 euros/mes para la jornada completa.

Actualmente, según el Régimen Especial de Empleados de Hogar, las empleadas del hogar cotizan en función de las horas efectivamente trabajadas y sólo lo hacen aquellas que trabajan para un empleador durante al menos 80 horas al mes (empleados del hogar fijos) o aquellas que lo hacen para más de uno durante 72 horas al mes, en total, con carácter parcial o discontinuo y, al menos, durante 12 días en dicho mes (empleados del hogar discontinuos). A partir de 2019, se cotizará por "salarios reales" y habrá una equiparación total con la base minima del Régimen General.

Los tipos de cotización por contingencias comunes (que luego sirven para pagar, si es el caso, las prestaciones de incapacidad temporal por enfermedad común y accidente no laboral) se incrementarán hasta converger con los aplicados en el Régimen General. En estos momentos suponen un 22%, (el empleador se hace cargo del 18,30% si contrata a una empleada del hogar, y ésta, del 3,70%); desde 2013 y hasta 2018 se aplicará un aumento anual de 0,90 puntos porcentuales hasta llegar al 28,30% en 2019 (el empleador cotizará un 23,60% y la empleada un 4,7%).

En cuanto a los empleadores, entrarán a formar parte del registro de empresarios de la Seguridad Social. El titular del hogar familiar será el que tenga que presentar la solicitud de afiliación, el alta o la baja y la variación de datos del empleado, además de toda la documentación necesaria. En su defecto, lo podrá hacer el trabajador. Si se trabaja en más de un hogar, cada uno de los titulares deberá solicitar el alta. En caso de familia numerosa, mantendrán bonificaciones en las cuotas que les corresponda pagar.

Si se recurre a una empresa del sector para contratar a la empleada doméstica, será esta compañía quien se encargue de la cotización.

Ésta no será la única integración al Régimen General de la Seguridad Social que se producirá en 2012. A partir del 1 de enero también los trabajadores del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social equipararán sus prestaciones a las del resto de trabajadores por cuenta ajena.

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